jueves, 9 de diciembre de 2010

RESPOSABILIDAD PENAL PARA LAS PERSONAS JURIDICAS

La reciente reforma del Codigo Penal, que entrara en vigor el proximo 23 de diciembre, introduce la responsabilidad penal de las personas juridicas.

Dicha reforma introduce la responsabilidad penal de las personas juridicas por los delitos cometidos en nombre o por cuenta de las mismas, por sus representantes y adminitradores, o por los empleados sometidos a la autoridad de los anteriores, por no haberse ejercido sobre ellos el debido control.

La sociedad será penalmente responsable incluso en aquellos casos en que no se haya individualizado a la persona fisica autora del delito. Los delitos de los que pueden ser directamente acusadas las compañias incluyen conductas como la estafa, insolvencias punibles, espionaje empresarial, abuso de informacion privilegiada, manipulacion de mercado, corrupcion privada y cohecho, blanqueo de capitales, delitos medioambientales, urbanisticos, contra los derechos de los trabajadores, etc.

Las penas a las que se enfrentan las compañias podran variar desde la multa, la inhabilitacion para conseguir subvenciones, ayudas publicas o contratos con la administracion, hasta la intervencion judicial o, incluso, su disolucion. Evidentemente, las compañias podran atenuar o eximir su responsabilidad si establecen un programa de Prevencion y Deteccion de Delitos que incluya al menos los siguientes elementos:

  • Medidas y controles adecuados para la prevencion y deteccion de delitos
  • Procedimientos de comunicacion e informacion
  • Procedimientos de respuesta e investigacion
  • Procedimientos de revision y mejora del Programa
  • Todo el proceso debe estar documentado para servir como medio de prueba.
Debido a que la nueva regulacion entrará en vigor el próximo 23 de diciembre de 2010, las compañias deben reforzar sus sistemas de control interno con el objetivo de mitigar el riesgo de comision de delitos. Dichas medidas a adoptar deben quedar suficientemente documentadas para, eventualmente, servir como medio de prueba ante un Tribunal.

Para poder ampliar informacion al respecto de esta reforma, puede entrar en este link http://www.reformapenal.es/


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