viernes, 11 de febrero de 2011

ACUERDO SOCIAL Y ECONOMICO EN TORNO A LAS PENSIONES

José Luis Rodríguez Zapatero ha presidido, en el Palacio de La Moncloa, la firma del Acuerdo Social y Económico para el crecimiento, el empleo y la garantía de las pensiones, a la que han asistido los máximos dirigentes de la CEOE, CEPYME, UGT y CCOO.

De los contenidos de este acuerdo, cabe destacar los siguientes puntos:

- La jubilación ordinaria será del 100% a los 65 años para trabajadores con 38 años y seis meses cotizados. En el resto de los casos, serán los 67 años con un mínimo de 15 años de cotización.

El paso de 65 a 67 años se hará progresivamente entre 2013 y 2027, a razón de un mes por año transcurrido hasta 2018 y de dos desde 2019 hasta 2027. El incremento de 35 años cotizados a 38 y seis meses para percibir el 100% de la pensión con 65 años se hará entre 2013 y 2027, con una cadencia de tres meses por año transcurrido.

- La jubilación anticipada voluntaria podrá solicitarse a partir de los 63 años, con 33 años cotizados y un coeficiente reductor del 7,5% sobre la edad ordinaria de jubilación en cada caso. Además, en situaciones de crisis, podrá haber jubilaciones a partir de 61 años, con 33 años cotizados y un coeficiente reductor del 7,5%, no inferior al 33% ni superior al 42%.

- El periodo de cómputo de la base reguladora pasa progresivamente de 15 a 25 años, a razón de un año por año transcurrido desde 2013 a 2022.

- Cada cinco años, se revisará la proporcionalidad entre las contribuciones al sistema y las prestaciones previstas para garantizar su sostenibilidad.

Además, este amplio acuerdo también incluye importantes medidas en Políticas Activas, sienta las bases para la reforma de la Negociación Colectiva y abre un nuevo periodo de negociaciones en Política Industrial, Energética y en Ciencia y Tecnología.

HACIENDA PONE EN MARCHA UN NUEVO PLAN CONTRA LA ECONOMÍA SUMERGIDA

La Agencia Tributaria va a poner en marcha un nuevo plan para luchar contra la economía sumergida con el que se espera reducir notablemente el número de personas que perciben rentas sin declarar y que, al mismo tiempo, cobran el paro u otras prestaciones de la Seguridad Social.

Esas Directrices de actuación, que han sido publicadas en el Boletín Oficial del Estado de 7 de enero (Resolución de 2 de febrero de 2011, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las Directrices Generales del Plan General de Control Tributario de 2011), contemplan tres grandes ámbitos de acción:

jueves, 10 de febrero de 2011

NOVEDADES DECLARACION ANUAL OPERACIONES CON TERCERAS PERSONAS MODELO 347

Durante el año 2010 se han aprobado determinadas modificaciones normativas que afectan a la información a incluir en el modelo 347. En este sentido, la Dirección General de Tributos en informe emitido el 26 de febrero de 2010, recibido en el Departamento de Gestión Tributaria el 5 de marzo, establece nuevos criterios interpretativos en relación con la obligación de los arrendadores de incluir las operaciones de arrendamiento de locales de negocio sujetos a retención en el modelo 347:

Durante el año 2010 se han aprobado determinadas modificaciones normativas que afectan a la información a incluir en el modelo 347 y, en algunos casos, el Departamento de Gestión Tributaria no se ha pronunciado hasta el 5 de marzo. En resumen, las modificaciones a tener en cuenta son las siguientes:

1. Operaciones de arrendamiento de locales de negocio sujetos a retención.

2. Cantidades percibidas en metálico superiores a 6.000,00 euros.

3. Compensaciones agrícolas.