El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este fin de
semana el real decreto-ley de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida, donde
se establecen los detalle de la denominada ‘tarifa plana’ de 100 euros en la
Seguridad Social para los nuevos contratos fijos. Texto donde, como cualquier
norma, se incluye una letra pequeña.
En concreto, las empresas o autónomos que contraten a un nuevo trabajador indefinido para pagar pagarán cien euros mensuales en la cotización no podrán hacerlo con cónyuges, ascendientes descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad del empresario, salvo hijos de autónomos menores de 30 años o mayores pero con especiales dificultades para su inserción laboral. También quedan excluidas la relaciones laborales de carácter especial, como artistas de espectáculos públicos, deportistas profesionales o estibadores.
Las empresas de menos de diez trabajadores podrán beneficiarse, una vez transcurridos los primeros veinticuatro meses, de doce meses adicionales de una reducción del 50% de la cuota por dichas contingencias. Se podrán beneficiar de esta medida todas las empresas y autónomos, independientemente de su tamaño, por la contratación estable de un nuevo trabajador, también independientemente de su edad.
La reducción supondrá un ahorro medio para el empleador de
alrededor del 75% de la cotización por contingencias comunes, que se reducirá a
cien euros al mes (1.200 euros anuales). Esta medida, aplicada a un sueldo
bruto anual de veinte mil euros, implica que el empleador se ahorrará 3.520
euros anuales de cotización a la Seguridad Social por cada empleo nuevo creado.
La cotización por contingencias comunes se reducirá a 75 euros cuando la
jornada de trabajo sea equivalente al 75% de la jornada de un trabajador a
tiempo completo comparable y se
reducirá a 50 euros cuando la jornada de trabajo sea equivalente al 50% de la
jornada de un trabajador a tiempo completo.
Además, las empresas y autónomos con menos de diez
trabajadores podrán beneficiarse de una reducción adicional durante el tercer
año equivalente al 50% de la cotización por contingencias comunes que le
correspondería. La medida será aplicable a todos los contratos efectuados desde
el pasado 25 de febrero, fecha de su
anuncio por parte del presidente del Gobierno, hasta el 31 de diciembre de 2014.