lunes, 1 de octubre de 2012

LAS PENSIONES EN LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO


La pensión mínima de jubilación para las personas de 65 o más años con cónyuge a su cargo será de 10.798,20 euros anuales en 2013, mientras que para los beneficiarios menores de esa edad será de 10.119,20 euros al año.


De acuerdo con el proyecto de ley Presupuestos Generales del Estado para 2013, las pensiones abonadas por el sistema de la Seguridad Social, así como de Clases Pasivas, experimentarán en 2013 con carácter general un incremento del 1%.

Si la persona jubilada tiene 65 o más años y carece de cónyuge recibirá una pensión mínima de 8.751,40 euros y si no ha cumplido esa edad cobrará 8.185,80. Para los mayores de 65 con cónyuge que no esté a su cargo la cuantía es de 8.300,60 euros anuales y de 7.735,00 euros para los menores de esa edad.

En los supuestos de gran invalidez, para mayores de 65 la prestación mínima será de 16.198 euros anuales para los pensionistas con cónyuge y de 12.451,60 para los que no lo tengan a su cargo.

Para los que no tienen cónyuge y se consideran como unidad económica unipersonal esta pensión ascenderá a 13.127,80 euros.

En lo que se refiere a viudedad, las viudas/os con cargas familiares cobrarán 10.119,20 euros al año, las de 65 años o con discapacidad en grado igual o superior al 65 % 8.751,40 euros, las de entre 60 y 64 años 8.185,80 euros, y las menores de 60 años 6.624,80 euros.

En las pensiones de orfandad, la ayuda por beneficiario se fija en 2.672,60 euros al año, cantidad que se eleva a 6.624,80 euros para la orfandad absoluta, a repartir entre todos los perceptores. Por beneficiario discapacitado menor de 18 años y una discapacidad igual o superior al 65% se fija en 5.259,80 euros.
Las prestaciones en favor de familiares serán de 2.672,60 euros anuales por beneficiario, de 6.461 euros si so0lo hay un receptor mayor de 65 años y de 6.085,80 euros si es menor de esa edad.
En el caso de que haya varios beneficiarios, el mínimo asignado a cada uno de ellos se incrementará en el importe que resulte de prorratear 3.952,20 euros al año entre todos.

Respecto a las no contributivas, se fijará la cuantía de las pensiones de jubilación e invalidez en 5.058,20 euros íntegros anuales.
La cuantía de las pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) queda fijada en 5.595,80 euros anuales si no concurre con otras prestaciones.


Se establece un complemento de 525 euros anuales para pensionistas que carezcan de vivienda en propiedad. Para el año 2013 se establece un complemento de pensión de525 euros anuales para el pensionista que acredite fehacientemente carecer de vivienda en propiedad y tener, como residencia habitual, una vivienda alquilada que no sea de un pariente ni cónyuge o persona con la que tenga una unión estable o conviva.
En el caso de unidades familiares en las que convivan varios perceptores de pensiones no contributivas, solo podrá percibir el complemento el titular del contrato de alquiler o, de ser varios, el primero de ellos.


ARRENDADORES O ARRENDATARIOS. POLI BUENO O POLI MALO. CUAL ES CUAL ?


Se ha aprobado el Proyecto de Ley por el que los inquilinos que se retrasen en el pago de su renta de alquiler podrán ser desahuciados si no cumplen en el plazo de 10 días. Es la medida estrella del Proyecto de Ley que presenta este viernes el Ministerio de Fomento en el Consejo de Ministros, que incluye una batería de medidas administrativas, judiciales y fiscales que buscarán "agilizar y flexibilizar" el mercado de alquiler.
Los desahucios se harán con la presencia de un funcionario, y no dos como hasta ahora

La ley que se aprueba hoy introduce incentivos fiscales para inversores, pero no modifica las medidas anunciadas por Ana Pastor en el anteproyecto presentado de mayo, en materia de morosidad, que introdujo tres cambios fundamentales:
* Primero: Los caseros podrán demandar a un inquilino moroso a partir del primer mes de impagos, cuando antes debían hacerlo a partir del segundo mes.
* Segundo: Acorta a 10 días el plazo que el inquilino tiene para alegar, una vez que el casero acude a un juzgado a poner una denuncia por impago de la renta. Antes, el plazo era de un mes. Si no lo hace, el juez podrá dictar la resolución del contrato de manera inmediata y emitir la sentencia. De la sentencia hasta el desahucio lo normal es que pasen no menos de cuatro meses.
* Tercero: El proceso de desahucio se puede llevar a cabo con la presencia de sólo un funcionario judicial -que acompaña a la policía y al cerrajero-, cuando antes se necesitaban dos, con lo que se pretende multiplicar por dos la actividad judicial y acortar los citados cuatro meses o más que van desde que el juez dicta la sentencia hasta que se produce el desalojo.
El anteproyecto de Fomento pretende elevar el porcentaje de población que recurre al mercado en alquiler (un 17%). Pero el espíritu de la Ley ha cambiado en los últimos meses fruto de las presiones europeas y también busca dar salida comercial a tres millones de viviendas vacías más cerca de 700.000 sin vender. Este 'stock', que en su mayor medida permanece actualmente en los balances de las entidades financieras, podrá ser ofrecido en alquiler bajo condiciones fiscales ventajosas.
La prórroga forzosa de los contratos será de tres años, en lugar de los cinco que dictaba la LAU

El Proyecto de Ley también incluye medidas para reforzar la libertad de arrendadores y arrendatarios a la hora de formalizar los nuevos contratos y reduce la prórroga forzosa del contrato de cinco a tres años.
Otras de las medidas de la nueva ley será que las partes podrán pactar la actualización de las rentas al margen del IPC. Además, los inquilinos podrán abandonar la vivienda avisando con un mes de antelación y el casero podrá recuperar la casa para uso familiar informando con dos meses.