viernes, 27 de mayo de 2011

EXIGIBILIDAD DE LA EXACCION.RECURSO CAMERAL PERMANENTE

Desde el día 3 de diciembre de 2010 se eliminó la obligatoriedad del recurso cameral permanente, si bien se introdujo un régimen transitorio para el año 2010, evacuando al respecto la Dirección General de Tributos un informe con fecha 8 de marzo pasado centrado en el mencionado régimen transitorio y en dos situaciones que pueden producirse, cuales son las exacciones que no hayan sido exigibles el 3 de diciembre de 2010 y la de los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades con cifra de negocios igual o superior a diez millones de euros en el ejercicio anterior.


Los aspectos más relevantes del mencionado informe son los siguientes:El recurso cameral permanente tiene la naturaleza de exacción parafiscal integrado por tres exacciones independientes entre si: el IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas), el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) y el IS (Impuesto sobre Sociedades).



En cuanto al devengo, en la normativa vigente hasta el 03-12-10 el mismo coincidía con la de los impuestos a los que se refiere.Respecto al IAE, su devengo se produce el 1 de enero, motivo por el cual en tal día es exigible el recurso cameral permanente, con independencia de los plazos de gestión. Así, el recurso cameral permanente vinculado al IAE ya era exigible el 03-12-10, por lo que no le resulta de aplicación la excepción a su exigibilidad para el ejercicio 2010.


Respecto al IRPF e IS, como no se ha devengado el 03-12-10, tampoco se han devengado las exacciones del recurso cameral permanente vinculadas a los mismos, por lo que no es susceptible de exigibilidad, salvo en el caso de sujetos pasivos del IS con cifra de negocios igual o superior a 10 millones de euros en el ejercicio anterior.

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