El Gobierno ha aprobado este viernes
una reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos que reduce
de cinco a tres años el período obligatorio del contrato de alquiler de una
vivienda, mientras que la prórroga tácita, es decir, la
prolongación automática del contrato cuando caduca, bajará de tres a un año.
Así, la ley amparará a los inquilinos para que permanezcan en la vivienda
durante un máximo de cuatro años, en lugar de los ocho años actuales.
Es una de las medidas que introduce un anteproyecto de ley que,
según ha señalado la ministra de Fomento, Ana Pastor,
busca "la dinamización y flexibilización" del mercado de la vivienda
en alquiler, reduciendo las vinculaciones para "priorizar la voluntad de
las partes frente a las obligaciones legales".
Con la nueva normativa, el inquilino podrá dejar la vivienda tan sólo
avisando con un mes de antelación, mientras que hasta ahora
debía hacerlo con dos meses de plazo si el contrato era de más de cinco años o
pagar una indemnización, fijada por ley, si era de duración inferior a cinco
años.
De la misma forma, el arrendador del piso podrá recuperarlo como
vivienda habitual con sólo un mes de preaviso y sin pactarlo en el contrato, como
hasta ahora, aunque se mantienen los requisitos actuales, esto es, deberá
acreditar la necesidad de la casa, por causas como un divorcio o su uso por
parte de un familiar de primer grado o un cónyuge. Para compensar al inquilino,
se podrá pactar una indemnización.
Dentro de ese objetivo de flexibilidad, también se agiliza el
procedimiento de desahucio en caso de impago, que hasta ahora requería que el
arrendatario denunciase al inquilino y que el juzgado emitiese una sentencia.
Con la nueva norma y "siempre que así se señale en el contrato", solo
se necesitará un requerimiento notarial o judicial previo.
También se simplificará la composición de la comisión judicial
que debe ejecutar los desahucios, de forma que en
vez de dos funcionarios será suficiente con uno. Además, el
inquilino podía frenar el desahucio hasta el último momento, abonando las
cantidades pendientes, mientras que ahora dispondrá de 10 días para pagar.
En el mismo ámbito de la seguridad jurídica del arrendador, la
ley incluirá a partir de ahora que el comprador de una vivienda solo deberá
mantener el contrato con el inquilino suscrito con el anterior propietario si
el contrato estaba inscrito en el Registro de la Propiedad.
Para tratar de impulsar que salgan al mercado más viviendas en
alquiler, la ley incluirá incentivos fiscales, en concreto, exenciones
del 70% en en el impuesto de la renta para los propietarios no residentes en
España que pongan
sus viviendas en alquiler, y de hasta el 100% si estos propietarios residen en
la Unión Europea y tienen entre 18 y 30 años.
Pactar la subida del alquiler
Otra de las medidas es la posibilidad de que las partes puedan
pactar la actualización del precio del alquiler, en
lugar de actualizarse automáticamente con el Índice de Precios al Consumo (IPC),
como hasta ahora.
Asimismo, se permite pactar la opción a compra preferente por parte del
inquilino, que hasta ahora disponía de derecho de tanteo (a
igualar el precio de un tercer comprador) y de retracto (a subrogarse a las
condiciones de un tercer comprador si no se ha ejercido el tanteo).
Por último, el
Gobierno ha introducido cambios en la regulación de las Sociedades Cotizadas de
Inversión Inmobiliaria (Socimis), dedicadas a la gestión de carteras de
viviendas en alquiler, para fomentar su expansión.
Podríais indicar en número y fecha del BOE donde se ha aprobado la reforma de la Ley de Arrendamientos? Gracias
ResponderEliminarEs un Anteproyecto lo que se ha aprobado, tal y como señala el adjunto que hay en el articulo.
ResponderEliminarUn saludo
Alguien sabe cuando entrará en vigor?
ResponderEliminarRepito la pregunta hoy 11 de julio.
ResponderEliminar¿Alguien sabe cuando entrará en vigor el anteproyecto de ley de que reforma la ley de arrendamientos
Todavia no se sabe pero con lo de hoy, el viernes podrian aprobar muchos temas
EliminarHOla
EliminarEsta noticia fue un bulo mas del PP para crear sensación de movimiento en el mercado de pisos. Realmente segun me dijeron telefonicamente en el congreso hasta septiembre minimo. Primero tiene que ir al congreso, debatir y aprobar, pasar al senado, plantear correcciones, y finalmente aprobarse en congreso. Van a intentar acelerarlo, pero con la barbaridad hecha con el IVA, esta ley es muy contraproducente. Veremos si finalmente la aprueban
Hay muchas leyes que no benefician del todo a los propietarios o inquilinos de una residencia. Para muchos puede ser una gran ventaja poder acceder a esta vivienda y estar seguro en ella por varios años, para otros es mas rentable movilizarse y no estar en un lugar por muchos años, creo de debe existir una balanza que ayude ambas partes.
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