lunes, 27 de julio de 2009

HACIENDA EMBARGO AUTOMATICO DE CUENTAS DE HASTA 20.000 EUROS







Según una resolución del BOE del 10 de julio, a partir del 1 de agosto de 2009, la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) podrá realizar embargos en cuentas de ahorro de hasta 20.000 euros mediante un nuevo sistema que permitirá embargar con medios telemáticos.

Tras la resolución se incrementa considerablemente el importe a embargar, pasando del tope de 4.000 euros a 20.000 euros en menos de dos años, y se agiliza notablemente el proceso, ya que hasta ahora un agente tributario debía presentarse físicamente en la sucursal de la entidad de crédito donde se encontrase abierta la cuenta objeto de embargo y a partir de ahora se podrá confiscar automáticamente y sin necesidad de iniciar procedimiento judicial.
La medida es claramente recaudatoria debido a la fuerte caída de los ingresos estatales en lo que llevamos de año y se suma al paquete de medidas que se pretenden implantar en un futuro próximo en la lucha contra el fraude y la economía sumergida, por las que se obligará a las entidades financieras a informar sobre movimientos de efectivo y las financiaciones concedidas.
La sorpresa con la que muchos españoles se van a encontrar a la vuelta del verano no debería ser objeto de crítica, ya que así deberían funcionar las cosas, en el momento que vence una deuda, se cobra, y quien quiera financiación, que la busque. El problema no es que se agilicen los cobros, el problema es que solo se agilicen los cobros mientras las Administraciones continúan pagando a “lo que les parezca”, siendo ahora ”lo que les parezca” más que antes.

Las señales que transmite el Estado empiezan a ser preocupantes, no solo por las últimas decisiones, sino también por la rapidez con la que se suceden, en julio se han terminado los fondos para aplazar cuotas de la seguridad social y se automatizan los embargos multiplicados por 5. Si a esto añadimos la subida de impuestos del tabaco y la gasolina y los planes 2000E y Moto-E, cuya finalidad, lejos de lo que pueda parecer, es recaudatoria, podemos deducir que las necesidades de liquidez de las Arcas Públicas son más que evidentes y normales dada la situacion de la economia actual en todo el mundo. En todo caso, se vislumbran brotes verdes que deben confirmarse con el paso de tiempo para ver si son solo brotes o de verdad las cosas empiezan a cambiar para mejor.

martes, 21 de julio de 2009

AXUDAS A PEMES E PARTICULARES PARA RENOVACIÓN DE AUTOMÓBILES - PLAN REMÓVETE GALICIA


Tratase de Subvencions IGAPE a fondo perdido para Pymes, autonomos ou particulares. O seu obxeto e o fomento da adquisicion de turismos e vehiculos comerciais de ata 3,5 TN de PMA, cun coste maximo de 30.000 euros IVE engadido


Requisitos

-Adquisicion de vehiculos novos ou cunha antiguedade máxima de 2 anos, matriculado en orixe na Comunidade Autónoma Galega
-Emision de CO2 ata 149g/km para turismos e 160 g/km para vehiculos industriais
-Entregar para achatarramento un vehiculo de mais de 10 anos ou 250.000 km
-Realizala solicitude previamente á adquisicion do novo vehiculo ou a baixa do antigo
-As empresas deberan estar engadidas nos grupos de epigrafes de IAE : 2, 4, 6 e 9.
-Adquirilos nas empresas colaboradoras con este programa


Contía das Axudas

*500 € na adquisicion dun turismo M1 cuxo custo non alcance os 10.000 €
*700 € cando o turismo M1 a adquirir teña un custo entre 10.000 e 30.000 €
*1.000 € na adquisicion dun vehiculo categoria N1, salvo no caso indicado no punto seguinte
*1.500 € cando o vehiculo a adquirir seña un vehiculo categoria N1, e sexa adquirido por unha PEME ou autonomo cuxa actividade principal se desenvolva nos sectores da pesca, agroindustrial, textil-confeccion, naval e industria auxiliar, transformacion da madeira, rochas ornamentais, audiovisual ou turismo.

jueves, 9 de julio de 2009

AXUDAS PARA O FOMENTO DA PROPIEDADE INTELECTUAL (XUNTA DE GALICIA)

A Xunta renovou un ano mais as axudas para o fomento da propiedade intelectual co cal se pretende que os empresarios galegos rexistren e protexan as suas actuacions empresarias e o seu patrimonio por elo explicaremos detalladamente en que consiste esta axuda.
Conceptos
  • Solicitude de titulos de propiedade industrial (invencions, deseños e signos distintivos), ante as oficiñas nacionais, rexionais ou internacionais. Incluense todolos tramites correspondentes a concesion de novos titulos, asi coma a transformacion ou extension territorial de titulos existentes.
  • Mantemento de titulos de propiedade industrial correspondentes a invencions, ante as oficiñas nacionais, rexionais ou internacionais. Incluense todolos tramites correspondientes a renovacion, asi como a posta en explotacion de patentes ou modelos de utilidade
  • Analise da rexistrabilidade de titulos de propiedade industrial (invencions, deseños industriais e signos distintivos)

Gastos

  • Os importes das taxas aplicadas por ditas oficiñas para a realizacion dos tramites citados
  • Gastos de consultoría externa
  • Preparacion e presentacion ante ditas oficinas da documentación correspondente os tramites citados
  • Busquedas de antecedentes rexistrais ou informes de rexistrabilidade, efectuados con caracter previo a solicitude dos titulos de propiedade industrial (realizados por entidades externas habilitadas ou de recoñecida experiencia para isto)

Realizacion dos gastos

Os gastos deberan estar realizados e pagados dentro do periodo comprendido entre o 1 de xaneiro de 2008 e a data limite de presentacion da solicitude de subvencion.

Importe Axuda

Axuda a fondo perdido do 70% dos gastos subvencionables, cunha limitacion de 36.000 euros por beneficiario. Asemesmo, o importe da axuda concedida non podera exceder, xunto coas demais axudas outorgadas o beneficiario no ultimo periodo de tres anos, o límite de 200.000 euros, excepto para as empresas que operen no sector do transporte por estrada que será de 100.000 euros


AXUDAS AOS TRABALLADORES AUTONOMOS PARA COMPRA DE ORDENADORES (XUNTA DE GALICIA)


A Xunta ven de aprobar unha axuda para compra de ordenadores por traballadores autonomos que esten desenrolando a sua actividade por conta propia e que cumpran unha serie de requisitos formais.

Obxecto das axudas
Incentivar aos autonomos para que adquiran ordenadores persoais, facilitar aos beneficiarios o uso do software libre de xestion empresarial e ofimatica asi coma simplificar ao maximo o proceso de solicitude das axudas. Ademais, con elo queren apoiar todo o proceso coa participacion activa das entidades colaboradoras.

Contía dos investimentos
O 45% da base impoñible do custo do ordenador (portatil ou sobremesa) ata un maximo de 350 euros. Poderan incluirse tamen pantalla, teclado ou rato. Non se pode incluir perifericos, consumibeis ou licenzas de software. A axuda e adiantada e descontada na propia factura, que realiza a entidade colaboradora ao beneficiario e despois a Conselleria reintegra despois eses cartos a colaboradora.

Beneficiarios
Traballadores dados de alta no Rexime Especial de Traballadores Autonomos da Seguridade Social con domicilio e alta fiscal no IAE para a sua actividade economica en Galicia. Debese acudir a unha entidade colaboradora co seu DNI e o recibo do ultimo pago mensual do seu autonomo. Quedan excluidos os comerciantes retalistas.

Entidades Colaboradoras
Empresas con actividade economica acreditada en materia de Sociedade da Informacion que cumpran criterios de solvencia tecnica e eficacia. Estas entidades colaboran na tramitacion telematica integra das solicitudes, adiantan as contias nas facturas, etc...

viernes, 26 de junio de 2009

ELEVACION LIMITE EXENTO PARA APORTAR GARANTIA EN APLAZAMIENTOS DE TRIBUTOS CEDIDOS A LAS COMUNIDADES AUTONOMAS


Por fin ha sido aprobada la Orden que eleva a 18.000 euros el limite exento de la obligacion de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas derivadas de tributos cedidos cuya gestion recaudatoria corresponda a las Comunidades Autonomas Dicha Orden será de aplicacion para aquellas solicitudes derivadas de tributos cedidos a las Comunidades Autonomas, cuando a éstas, por delegacion del Estado, la recaudacion de tales deudas.

Dichas deudas tienen que encontrarse bien en período voluntario bien en período ejecutivo de pago, sin perjuicio del mantenimiento en este ultimo caso, de las trabas existentes sobre bienes y derechos del deudor en el momento de la presentacion de la solicitud.

Las deudas acumulables seran aquellas que esten registradas en las bases de datos del Organo de recaudacion competente que, no constando en sus bases de datos, le hayan sido comunicadas por otras Administraciones, órganos u organismos.
Las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento en tramitacion a la entrada en vigor de la presente orden seguiran rigiendose por lo establecido en la normativa vigente a la fecha de presentacion de la correspondiente solicitud.
Nos parece una gran medida de apoyo a las familias y empresas aunque veremos como van concediendo dichos aplazamientos ya que pueden encontrarse con una avalancha de peticiones que en todo caso, deberan resolver con la mayor celeridad posible.

lunes, 22 de junio de 2009

APLAZAMIENTO DE IMPUESTOS SIN GARANTIAS HASTA 18.000 EUROS


Todos aquellos aplazamientos solicitados a partir del 1 de mayo de importe hasta 18.000 euros, será posible aplazarlos sin la presentacion de ningun tipo de garantía. La entrada en vigor de esta modificacion será el día siguiente de su publicación (que fue el 30 de abril) por lo que de esta medida podran beneficiarse las empresas en los impuestos que liquiden a partir del 20 de Julio. Dicha Orden excluye el aplazamiento de retenciones tanto de alquileres como de personal. Gracias a esto las empresas verán reducidas sus cargas administrativas y tendran mayores facilidades de cara al cumplimiento de éstas con sus obligaciones tributarias en la crisis actual. Con dicha medida se espera que las solicitudes de aplazamiento se tripliquen.

La no obligación de presentar garantías para las solicitudes de aplazamiento será para aquellas deudas que estén en período voluntario o en período ejecutivo y solo será efectivo para las deudas con la Agencia Estatal de la Administracion Tributaria (AEAT) y con los órganos u organismos de la Hacienda Publica Estatal.

Sin duda, deben ser bienvenidos estos nuevos criterios que ha seguido la Administracion para aliviar el panorama a las empresas que en estos momentos delicados nececitan no solo de la comprensión verbal de la administracion sino medidas realmente efectivas que ayuden a la difícil gestión económica de la mayoría de las pymes. A su vez, se modifica el interés legal del dinero y el interés de demora, quedando fijados en el 4 y el 5 por ciento respectivamente, hasta el 31 de Diciembre de 2009.

Nada se sabe de las Comunidades Autonomas para que tomen ejemplo y eleven la posibilidad de aplazamiento y fraccionamiento de las deudas tributarias que ellas gestionan.

jueves, 11 de junio de 2009

CUENTAS ANUALES 2008 ¿INCLUIR O NO CIFRAS COMPARATIVAS?



Segun la Disposicion Transitoria Cuarta del R.D. 1514/2007, de acuerdo con lo recogido en el Nuevo Plan General Contable, las cuentas anuales correspondientes al primer ejercicio desde la entrada en vigor del nuevo plan contable se consideran cuentas anuales iniciales por lo que no se reflejaran cifras comparativas en las referidas cuentas.

Por tal motivo, se genera la obligacion de incluirse balance y cuenta de PYG incluidos en las cuentas anuales del ejercicio anterior. Asimismo tiene que incluir una memoria que gana una extraordinaria importancia a partir de ahora y sobre todo en este ejercicio por que debe incluir ademas de una informacion mucho mas completa y exhaustiva de informacion contable del ejercicio en cuestion, un apartado que se llame ¿Aspectos derivados de la transicion a las nuevas normas contables? en la que se incluyan las explicaciones para poder valorar los efectos del cambio y la aplicacion de los criterios contables actuales. La empresa puede elaborar un balance de apertura del dicho ejercicio de acuerdo a los nuevos criterios y presentar informacion comparativa del ejercicio anterior adaptado al nuevo plan.

Las cuentas anuales de 2008 por tanto son iniciales pero no tanto ya que deben reflejar mucha informacion referida al ejercicio anterior.

Muchos autores, entre los que me incluyo, consideramos que la opcion de no incluir cifras comparativas en las cuentas anuales del ejercicio 2008, opcion que es beneficiosa para las empresas, aunque "para los usuarios se pierde informacion, pues no se va a poder saber si la variacion en el resultado respecto al año anterior se debe al cambio de normativa o a la situacion economica de la empresa". Otras criticas importantes son la falta de tiempo de adaptacion de cara a aplicar el PGC y sobre todo para nosotros la no aprobacion junto al PGC de las adaptaciones sectoriales y otras normas de desarrollo importantes.

Entendemos que muchas empresas, debido a la pobre labor de difusion del nuevo plan, no saben a lo que se enfrentan y las Pymes, con su plan especifico, ven como "lo unico que han hecho es tachar unas cuantas cosas del PGC Normal".

Por ello, les decimos a los empresarios y en especial a los contables y fiscalistas que paciencia y seguro que dentro de unos años, lo comentaremos entre nosotros como "aquella reforma de 2008".